Cómo muchos de vosotros nos habéis preguntado qué pasa si te pillan con CBD en la calle, hemos preparado un post en el que explicamos cuál es la tendencia actual en los juzgados que tramitan este tipo de sanciones. Más que tener en cuenta el límite del 0,3% de THC en los cogollos, extracciones y demás productos derivados del cannabis, debería tenerse en cuenta el índice de psicoactividad. 

El protocolo establecido por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) para identificar el cannabis psicoactivo se basa en el Índice de Psicoactividad (IP) calculado mediante la fórmula THC + CBN / CBD. Las muestras con un IP mayor a 1 se consideran psicoactivas, mientras que las inferiores a 1 no lo son. A este método se le denomina protocolo ST/NAR/40.

Como ya sabéis, el THC, el CBD y el CBN pueden encontrarse en forma ácida, que mediante la descarboxilación pasa a la forma activa. Por tanto, para aplicar la fórmula correctamente, se debe tener en cuenta también el contenido en cannabinoides en forma ácida. Así, la fórmula corregida para calcular el índice de psicoactividad es la siguiente:

IP = THC + (THCA x 0,877) + CBN + (CBNA x 0.877) / CBD + (CBDA x 0.877)

El factor 0,877 se utiliza para convertir las formas ácidas a sus formas neutras debido a la pérdida de masa molecular durante la descarboxilación

  • THC: concentración de tetrahidrocannabinol
  • THCA: concentración de ácido tetrahidrocannabinólico
  • CBN: concentración de cannabinol
  • CBNA: concentración de ácido cannabinólico
  • CBD: concentración de cannabidiol
  • CBDA: concentración de ácido cannabidiólico

Interpretación de los resultados

Si el IP es inferior a 1 se considera que estamos ante un producto tipo fibra, y si es superior a 1 sería tipo droga, y por tanto, sancionable siguiendo la lógica del protocolo establecido por la ONU.

Ejemplo práctico

Pongamos como ejemplo una muestra de la variedad AK47 de The CBD Side, con el siguiente análisis:

  • CBD 1,5%
  • CBDA 3,3%
  • CBGA 0,2% 
  • THC 0,3%

El CBG y el CBGA no se tienen en cuenta para calcular los índices de psicoactividad

IP = THC + (THCA x 0,877) + CBN + (CBNA x 0.877) / [ CBD + (CBDA x 0.877) ]=

     = 0,3 / 1,5 + (0,2 x 0.877) =

     = 0,3 / [1,5 + 0,16 ] = 0,18

Al ser inferior a 1 estaría ante una muestra no considerable como droga, sino como fibra!

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